CDMX. Aunque para este 2026 el SAT haya descartado la realización de auditorías masivas a los contribuyentes, además de otros anuncios que ha tenido que desmentir de cara a la presentación de la Declaración Anual 2025, esta semana lanzó un aviso urgente en referencia a los procesos de auditorías que sí realizará, con el objetivo de mejorar las prácticas de transparencia al llevarse a cabo estos procesos.

Para ello, informó cuáles serán las auditorías que realice a los contribuyentes, dependiendo el tipo de conducta que tenga en cuanto a este rubro.

¿A quiénes hará auditoría el SAT en 2026?

De acuerdo al comunicado, se informa que el SAT establece condiciones equitativas para la inversión y «brinda certidumbre jurídica a las y los contribuyentes, por lo que da a conocer mejores prácticas de transparencia para 2026«.

Entre estas prácticas están no sólo la publicación del Plan Maestro 2026 denominado «Atención al contribuyente y fiscalización«, sino también a aquellos a los que auditará, en caso de realizar las siguientes conductas:

Que celebren operaciones con factureras o nomineras

Que presenten pérdidas fiscales recurrentes

Que simulen o abusen de deducciones

Que obtengan ingresos que no son declarados

Que abusen de estímulos fiscales

Que presenten inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden

Que importen productos con precios por debajo del mercado e incumplan con regulaciones o restricciones arancelarias

Que no paguen retenciones por sus empleados

Que realicen operaciones con paraísos fiscales

Que soliciten devoluciones improcedentes

Que paguen menos impuestos en tasa efectiva comparado con su sector

En el documento que emitió el SAT este 5 de noviembre, se indica que se «garantizará la misma aplicación y criterios en cualquier oficina del SAT del país respecto a procedimientos, materialidad, mercadotecnia, importaciones, regulaciones no arancelarias, así como permisos, certificaciones y autorizaciones de comercio exterior«.

¿Cuándo se hará la devolución?

Según lo establecido en el comunicado del SAT, los tiempos de devolución para personas físicas se realizarán en promedio en 5 días, y para empresas en 30 días. El plazo establecido en la ley es de 40 días hábiles.

Además, indica que en caso de denuncia, deberás escribir un correo electrónico a denuncias@sat.gob.mx o llamar a los números 556272 2222 o al 62722728, opción 8.

Los síndicos autorizados deberán consultar el directorio en gob.mx/sat en el siguiente link: http://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/sapsnet/publico/ConsultaSindicos.aspx. Con esto se optimizarán los recursos del sistema tributario mexicano para 2026, con menos auditorías y mayor recaudación, garantizando «piso parejo en el cobro de contribuciones«.

Con información de El Heraldo de México.