CDMX. El próximo domingo 1 de junio se realizarán las elecciones del Poder Judicial, y con ello ha surgido la duda entre trabajadores y empleadores sobre si se trata de un día de descanso obligatorio conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Especialistas en derecho laboral han señalado que, aunque el proceso fue calificado como “extraordinario” por el Instituto Nacional Electoral (INE), esa calificación no modifica su estatus legal como día feriado.

Lo que establece la Ley Federal del Trabajo

La LFT, en su artículo 74, fracción IX, indica que son días de descanso obligatorio “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”. Aunque el 1 de junio de 2025 no está expresamente listado como día feriado en el calendario tradicional, el tipo de jornada electoral que se llevará a cabo cumple con los criterios establecidos por la ley laboral.

¿Por qué hay dudas sobre si es día feriado?

La confusión surgió luego de que el INE calificó el proceso del 1 de junio como “extraordinario” en el acuerdo INE/CG2358/2024. Esta interpretación ha sido utilizada por algunas empresas para suponer que no aplica el día de descanso obligatorio. Sin embargo, los especialistas advierten que este argumento no es válido desde el punto de vista laboral.

En años anteriores, las elecciones generales han sido consideradas días de descanso. Por ejemplo, el domingo 2 de junio de 2024, fecha de los comicios presidenciales, fue reconocido como día feriado conforme a la legislación laboral.

¿Cómo deben pagarme si trabajo el 1 de junio?

En caso de que una persona trabajadora tenga que laborar el 1 de junio, la ley establece que debe recibir un pago triple. Esto incluye:

  • El salario diario normal.
  • Un pago doble por tratarse de un día de descanso obligatorio.
  • Una prima dominical, que representa al menos el 25% adicional del salario ordinario por tratarse de un domingo.
    Es decir, las personas que trabajen ese día deben recibir su sueldo normal más dos pagos adicionales.

¿Qué hacer si no me pagan lo correspondiente?

Si una persona no recibe el pago completo por laborar el 1 de junio, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Esta institución ofrece asesoría gratuita y apoyo legal para presentar una queja formal.

La Profedet puede ser contactada al número telefónico 55 5998 2000, donde se brinda orientación sobre los procedimientos a seguir y los derechos laborales aplicables.

Con información de Proceso.