Chihuahua, CHIH. El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. Es por eso que el agua debe tratarse fundamentalmente como un bien social y cultural, y no sólo como un bien económico.

En este sentido, la Observación General Número 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (Comité DESC) señala en su parte introductoria que el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud.

De acuerdo con el Programa Conjunto de Monitoreo para el Abastecimiento de agua y Saneamiento, efectuado por la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (OMS/UNICEF), se considera agua potable aquella utilizada para los fines domésticos y la higiene personal, así como para beber y cocinar. En el mismo sentido, agua potable salubre es el agua cuyas características microbianas, químicas y físicas cumplen con las pautas de la OMS o los patrones nacionales sobre la calidad del agua potable.

¿Pero qué dice nuestra Constitución sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento?

A través de una reforma constitucional al párrafo sexto del artículo 4o., publicada el 8 febrero de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, se elevó a rango constitucional el derecho humano al agua y saneamiento, dicho precepto a la letra dice: Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Asimismo, debemos recordar que el 10 de junio de 2011 se reformó el artículo 1o. constitucional, para establecer que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, por lo que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

¿Pero esos derechos se respetan en la ciudad de Chihuahua?

Como cada temporada de calor el estado de Chihuahua padece de la falta del vital liquido, pues los «tandeos» realizados por la Junta Municipal de Agua y Saneamiento (JMAS), violan este derecho, pues al cortar el suministro en diferentes horarios, los ciudadanos se ven obligados a realizar las tareas del hogar a tempranas horas de la mañana, pues de otra manera ya no contarán con el vital liquido y con ello todas sus actividades se ven afectadas.

Así mismo los ciudadanos que cuentan con un tanque contenedor de agua, muchas veces no se percatan que no contaban con el servicio hasta que este se queda vacío, y al llamar al número de la descentralizada 073, indican que las llamadas son cortadas o incluso los dejan en las líneas telefónicas por un largo rato, después del cual se les brinda un número de referencia, el cual indican no vale de nada, pues el servicio no se restablece.

Sumado a esto los ciudadanos al no contar con el servicio optan por comprar el agua a pipas privadas las cuales van desde los 600 a 700 pesos, dependiendo de la carga que tenga la empresa que realiza el servicio. Esta situación además de frustrar a la población, representa un gasto, pues aparte de pagar estas pipas todavía que pagar el servicio mes con mes, sin que en este se vea reflejado la falta de agua por días.

Por ello hace un llamado a las autoridades correspondientes como lo es Gobierno del Estado y la Junta Municipal de Agua Y Saneamiento (JMAS), encabezada por Alan Falomír indicando que estos cortes constantes de agua potable representan un gran problema pues con las altas temperaturas que se registran en la Capital del Estado los obligan a restringir el uso de aparatos enfriadores por la falta del vital liquido.