El Juzgado Federal Décimo de Distrito del Estado de Chihuahua emitió el viernes 02 de febrero del 2024 una tercera sentencia en favor de la comunidad Rarámuri Bosques de San Elías Repechike en el juicio de amparo 642/2018, luego de seis años de litigio.

En su resolución, el juzgado reconoce que la comunidad indígena está sujeta a los derechos contenidos en la Constitución Federal y los convenios que el Estado mexicano ha firmado.

_“La especial relación que éstos guardan con la tierra, y que la propiedad indígena se funda en el uso y posesión tradicional de las tierras y recursos, entendida esa posesión no sólo la ocupación física, sino también actividades de carácter permanente o estacional y usos relacionados a su cultura”_, dicta la resolución judicial.

El contenido abarca el reconocimiento como pueblo y las afectaciones que ha tenido en la superficie del polígono general de 11,415-24- 55.180 hectáreas, reclamado como propiedad ancestral en su calidad de pueblo indígena, no como ejido, ni comunidad agraria.

El resolutivo también reconoce que las autoridades responsables no efectuaron un proceso adecuado y efectivo que garantizara el derecho a la consulta de la comunidad Rarámuri denominada Bosques de San Elías Repechike antes de autorizar los permisos de aprovechamiento forestal.

Por tanto, el juez ordena dejar sin efectos los permisos de aprovechamiento forestales sobre la propiedad ancestral de la Comunidad de bosques San Elías Repechique emitidos por Secretaría de Medio ambiente y Recursos Naturales, la SEMARNAT.

En caso de ser solicitado de nueva cuenta, la dependencia federal llevará a cabo una consulta conforme al artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemple evaluar el impacto social, espiritual, cultural y sobre el medio ambiente sobre el otorgamiento de permisos forestales, produjo y producirá sobre la comunidad.

El amparo fue concedido, también, por la omisión de proponer medidas legislativas y administrativas que garanticen a la comunidad los derechos de propiedad y posesión sobre el territorio denominado Bosque de San Elías Repechique, ya que no se cuenta con el mecanismo de delimitación, demarcación, titulación y registro que permita reivindicar la propiedad a las comunidades indígenas de las tierras que constituyen su propiedad ancestral.

Cabe destacar que, desde hace más de 40 años, esta comunidad demanda el reconocimiento de su territorio ancestral, enfrentando todo tipo de agresiones y saqueo de recursos.