Chihuahua. Chih. Roxana García, magistrada presidente del Tribunal Estatal Electoral (TEE), informó que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) ya les envió el dictamen antropológico que efectuaron para determinar si la comunicad LeBarón es idónea para poder obtener su autodeterminación.
Explicó que lo que sigue dentro del proceso es fijar fecha y hora para realizar una audiencia en la que se manifiesten las conclusiones obtenidas por el INAH al respecto y, para posteriormente, poder pronunciar una resolución respecto.
En tanto, la comunidad LeBarón realizó la semana pasada realizó una Asamblea General donde los departamentos que conforman el proyecto de gobierno autodeterminado presentaron un informe donde precisaron que se salvaguardarán la autodeterminación.
En su intervención el activista Julián LeBaron, en la asamblea mencionó que se contrató a antropólogos para que se realice un estudio para ver si cumplían con todos los parámetros requeridos para ser considerados una comunidad equiparable, una comunidad indígena.
Es de mencionar que el 15 de junio del 2022, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Regional Guadalajara y determinó que los tribunales electorales son competentes para conocer de controversias en las que una comunidad, que se considera equiparable, solicite la acción declarativa de certeza de derechos colectivos a la libre autodeterminación, autonomía y autogobierno, sobre todo cuando no exista una ley secundaria que regule estos mecanismos.
Fue con los votos en contra de los magistrados Indalfer Infante Gonzales y José Luis Vargas Valdez, que se revocó la sentencia del tribunal local pues el Congreso local no es la autoridad competente para resolver sobre lo planteado, y se ordenó que se emitiera una nueva en la que, allegándose de mayores elementos que les permitan determinar si la comunidad LeBarón podía ser considerada como una comunidad equiparable, y juzgando con una perspectiva intercultural determine si es o no procedente la pretensión de esa comunidad.