Chihuahua, CHIH. La llegada de Javier Corral Jurado como Senador por Morena, podría ser negada al encontrarse en el supuesto del numeral V del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta parte de la Carta Magna, ordena que los derechos ciudadanos serán suspendidos –entre otras- por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal.
Este ordenamiento jurídico está ejemplificado en el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano con número de expediente SUP-JDC-670/2009 mediante el cual le fue suspendido a Julio César Godoy Toscano su registro y rendición de protesta como diputado federal.
Esta sentencia se emitió luego que el diputado electo contaba con dos órdenes de aprehensión; una, por delincuencia organizada y la otra, por delitos contra la salud en su modalidad de colaborar de cualquier manera al fomento para posibilitar la ejecución de algún delito contra la salud.
De la misma manera, el ex mandatario de Chihuahua cuenta con una orden de aprehensión no ejecutada derivada de su presunta comisión en el delito de peculado en agravio del Erario Estatal por 98.6 millones de pesos.
Desde este jueves por la mañana, Javier Corral Jurado fue declarado como prófugo de la justicia por haber eludido la acción penal en su contra, apoyado por la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México, en palabras del fiscal Anticorrupción de Chihuahua, Abelardo Valenzuela Holguín.