Chihuahua, CHIH. El Segundo Tribunal en Materia Penal y Administrativa del Estado de Chihuahua, ordenó al Parque de Aventura Barrancas del cobre, resarcir los daños ambientales causados a las comunidades circundantes a esta parte turística de la entidad, tras el incumplimiento de la sentencia 635/2010 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Esta resolución deriva de un recurso de inconformidad interpuesto por la comunidad de Huitosachi al no ver el cumplimiento de la ordenanza judicial mediante el cual se ordena detener la descarga de aguas negras, la instalación de un biofiltro y el desarrollo de un plan de manejo y reciclaje de basura que beneficie económicamente a las comunidades afectadas.

La sentencia incluye la realización de un peritaje ambiental en no más de un mes por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), que dé cuenta del nivel de afectación en la zona, y que se dé a conocer a las comunidades.

Barrancas del Cobre deberá realizar, además, un plan de capacitación permanente con visión intercultural, encaminada a desarrollar y fortalecer capacidades de administración, ahorro, modelos de negocio, establecimiento de precios justos a sus productos, entre otros, fomentando así el empleo formal de personas pertenecientes a la comunidad quejosa.

Para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, las autoridades responsables deberán desarrollar una planeación presupuestaria que incluya acciones para resarcir los daños que se han ocasionado en años anteriores por el desarrollo turístico en la zona de afectación del Fideicomiso.