Juárez, CHIH. Este miércoles, el Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito emitió un amparo en favor del sacerdote Aristeo Trinidad Baca Baca, sentenciado en primera instancia por los delitos de violación y abusos sexuales el 25 de mayo de 2022, por lo que queda sin efectos la sentencia y deberá convocarse para una nueva valoración de las pruebas.

Maclovio Murillo Chávez, abogado defensor, informó que, para conceder este amparo, se realizó un análisis de los principios de presunción de inocencia y duda razonable, destacando que, cuando obra contra el acusado prueba incompleta o insuficiente, no procede condenar sino absolver porque la duda debe usarse en beneficio del acusado.

Por tanto, agregó el abogado, no puede restarse valor probatorio a las pruebas de descargo, simplemente con el argumento de que existan pruebas de cargo suficientes, ya que la suficiencia de las mismas solo se puede establecer en confrontación con las pruebas de descargo.

Abundó en que, al revisarse la actuación de la autoridad responsable, el Tribunal Colegiado concluyó en que la sala de apelación valoró incorrectamente las pruebas, haciendo alusión a cuestiones relacionadas con la personalidad del imputado, basadas en estereotipos, que resultan altamente estigmatizantes.

En este sentido, Murillo Chávez acusó que el Poder Judicial desestimó los testigos de descargo utilizando el parámetro de cercanía con el sacerdote y los conceptos estigmatizantes relacionados con la fe, lo cual, es rotundamente incongruente, vulnerándose con eso los principios de la valoración de la prueba.

Por tanto, la Sala Colegiada de Apelaciones, deberá dejar insubsistente la sentencia reclamada en el juicio de amparo y dictar nueva en la cual atienda los parámetros trazados, que le obligan a realizar una correcta valoración de las pruebas desahogadas en el juicio.